Impuesto del Patrimonio - Inmobiliaria en Asturias Gijón

Lo que debes saber del Impuesto sobre el Patrimonio en Asturias.

El Impuesto sobre el Patrimonio en Asturias siempre ha estado rodeado de cierta polémica. Y dada la estrecha relación que guarda con nuestra actividad como agencia inmobiliaria en Asturias (Gijón, Oviedo y Llanera), hoy nos gustaría contarte aquellos aspectos de este tributo que deberías tener claros como qué es, en qué consiste, cómo funciona y cuándo se declara.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio afecta a más de 200 000 contribuyentes en toda España. 3 654 de los cuales se encontraban en Asturias en 2020. Nuestra región ha ganado declarantes acaudalados, tal y como quedó demostrado el pasado año en el que este impuesto recaudó un 9,4 % más de capital con respecto al año anterior.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto directo y personal que se aplica individualmente sobre el patrimonio de las personas físicas. Se calcula basándose en el valor de todos los bienes patrimoniales que tiene un sujeto pasivo a fecha de 31de diciembre de cada año.

El plazo para presentarlo a la Agencia Tributaria coincide con la presentación de la declaración del IRPF, lo que significa que este año el plazo está abierto desde el pasado 6 de abril. Para tramitarlo es necesario cumplimentar el Modelo 714.

El Impuesto de Patrimonio está cedido a las comunidades autónomas, de manera que cada una puede aplicar sus reducciones en el mínimo exento, modificar la tarifa y aprobar deducciones y bonificaciones en la cuota del impuesto que considere. Veamos a continuación qué ocurre en Asturias.

El Impuesto sobre el Patrimonio en Asturias

En nuestra comunidad autónoma están obligadas a pagar este impuesto aquellos contribuyentes cuyo patrimonio tengan un valor superior a los 700 000 euros (como en la mayoría de CCAA), excluyendo su vivienda habitual si esta tiene un valor de hasta 300 000 euros.

Por otro lado, las deducciones y bonificaciones de este impuesto en Asturias son del 99% de la parte de la cuota que corresponda a bienes y derechos del patrimonio protegido del contribuyente.

La base liquidable del Impuesto del Patrimonio es gravada a los tipos de la escala de cada comunidad autónoma que, en el caso de Asturias, es la siguiente como se detalla en la web de la sede de la agencia tributaria en Asturias:

Impuesto del Patrimonio en Asturias

Además, la cuota íntegra no podrá exceder, para los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal, del 60 por 100 de la suma de las bases imponibles de este último.

La declaración de este impuesto puede resultar compleja de ahí que recomendemos acudir a una asesoría especializada en su gestión y tramitación.

Y si necesitas alguna documentación que podamos aportarte si eres cliente nuestro y tienes patrimonio inmobiliario comprado/vendido o arrendado con nosotros, no dudes en solicitárnosla. En RK Iglesias contamos con personal que se encarga de todos los aspectos legales y burocráticos que rodean las propiedades inmobiliarias.

 

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